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Apeos, deslindes y amojonamientos
En primer lugar definimos cada una de estas acciones: el deslinde permite fijar la propiedad de cada una de las heredades contiguas; el apeo es la operación de medir las tierras o adjudicarlas a sus propietarios y el amojonamiento la colocación de los mojones que delimitan los términos o heredades.(1)
Entre los documentos vecinales y parroquiales de Ubierna podemos encontrar dos tipos: por un lado aquellos referidos a la delimitación del término de Ubierna con sus pueblos vecinos; y por otro lado aquellos referidos a la propiedad de la Iglesia parroquial o un particular.
El documento original más antiguo sobre delimitación del término de Ubierna data del año 1562, siendo una carta de poder y compromiso con los vecinos de Santibáñez Zarzaguda, aunque también disponemos de una transcripción realizada en 1846 sobre un amojonamiento entre los términos de Ubierna y Villaverde Peñahorada fechada en 1484. En el año 1652 se hizo amojonamiento con Celadilla y Quintanaortuño. Repitieron dichos pueblos, el primero con un litigio en 1785, y otra carta de poder en 1732 con el segundo. En 1845 se hizo carta de poder con el término de Peñahorada.
Gracias al libro de acuerdos del concejo de Ubierna conservado en el ayuntamiento sabemos en 1877 existían libros de amojonamiento con Huérmeces, Gredilla La Polera y Castrillo de Rucios, conservados junto al resto de documentación concejil, actualmente en paradero desconocido a pesar de la celosa guarda y custodia que de toda la documentación se hacía, pues ya en el año 1739, a causa de haber desaparecido algunos papeles, se hizo proposición de poner tres llaves y hacer inventariado de los mismos.
Era costumbre juntarse dos vecinos de cada término en una fecha determinada para que cada año se renovaran los límites de los términos, uno de mayor edad y experimentado en esta labor, y otro novato, de reciente vecindad, para aprender. Cuando el inicio del amojonamiento era desde la triple mojonera o yusa con Gredilla y Peñahorada, debían acudir dos pares de vecinos para dividirse de esta forma con los términos colindantes, recorriendo los límites y renovando en su caso los mojones a una distancia determinada. Faltar a esta cita suponía para quien le tocaba realizarla una multa o pago del almuerzo de los apeadores.
El uso del pasto en término ajeno, la pesca, corta de leña, o cualquier otra actividad fuera del término propio estaba sancionado con una multa. Aún se recuerda graciosamente como el día de San Juan, mientras los vecinos celebrábamos el día de nuestro patrón, algún vecino del lugar de Celadilla Sotobrín aprovechaba para meter sus ovejas en el término de Cuesta la Horca, y como los vecinos de Ubierna decían... " allí están los de Celadilla, en Cuesta la Horca...".
En el ayuntamiento se conservaba una tabla de madera grabada con el listado de los pueblos y su fecha correspondiente de amojonamiento, realizándose año tras año sin falta. El día del Ángel con Celadilla, Resurrección con Santibáñez, San Marcos con Peñahorada y Gredilla, ...
Esta tradición inmemorial vio su final al comienzo de los años sesenta, período en el que muchos vecinos comenzaron a emigrar a la ciudad, perdiendo con ello acciones tan dispares como tirar dos piedras al río Ubierna, uno por cada pueblo, para renovar un mojón situado al final de "Las Arrenes de Cepillo", recordándonos un compromiso entre los pueblos de Ubierna y Quintanaortuño para evitar un pleito por el término de La Redonda en el año 1732.
Bibliografía
- (1) En google-books: Enciclopedia española de derecho y administración... Lorenzo Arrazola. Página 655
- Archivos parroquiales de Ubierna y San Martín.
- Archivos de la Junta Vecinal de Ubienra.
- Libro de acuerdos del concejo de Ubierna, años 1729 a 1744. Archivo diocesano de Burgos.
- Trabajo de recopilación: Héctor Hernando Arce.
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